¿sabes por que ingresos no debes tributar en Hacienda?, como venimos haciendo todo el mes de junio en plena campaña de la renta, en Asesoria en Madrid te ayudamos a resolver todas las dudas que tengas, hoy te explicaremos que ingresos NO tributan en la declaración de la renta del año 2013.
- Las indemnizaciones de la empresa al trabajador, por despido si se acude al SMAC, los ingresos que recibas de la empresa por traslado no tienes que declararlos.
- Cantidades cobradas de seguros sanitarios o del hogar.
- Prestación por desempleo recibida en pago único
- Indemnizaciones por daños personales pagadas por el responsable civil, o por un seguro de accidentes.
- Indemnizaciones de las administraciones públicas por daños personales físicos o psíquicos.
- Prestaciones de seguros de vida, cobradas por una persona distinta del tomador o contratante del seguro.
- Ayudas por acogimiento de menores, minusválidos o de mayores de 65 años, que no sean parientes próximos del contribuyente.
- Ayudas públicas a minusválidos en grado superior o igual al 65% y a mayores de 65 años, para la financiación la estancia en residencias o centros de día, siempre y cuando no supere el doble del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple), que fue de 7.455,14€ durante el año 2013.
- Las pensiones de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
- Pensiones o prestaciones por orfandad.
- Prestaciones públicas por nacimiento, parto múltiple, adopción de hijos, y prestaciones por maternidad de las comunidades locales.
- Prestaciones recibidas por hijo a cargo y por nacimiento del tercer hijo y sucesivos.
- Prestaciones públicas vinculadas al cuidado en el entorno familiar y la asistencia personalizada de personas en situación de dependencia.
- Dividendos, primas de asistencia a juntas y participaciones en beneficios con un límite máximo de 1.500€.
- Ganancias patrimoniales generadas por donación en pago se la vivienda habitual a los deudores de préstamos hipotecarios vigentes a 11 de marzo de 2012.
- Ganancias patrimoniales generadas por la transmisión de inmuebles comprados a partir del 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 están exentas en un 50%.
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