¿Eres autónomo?, ¿quieres una ayuda?, el 15 de Noviembre finaliza el plazo de ayudas en la Comunidad de Madrid a trabajadores por cuenta propia o contraten a desempleados.
- Objeto y financiación: El objeto de esta ayuda es fomentar el auto empleo y la contratación a desempleados en la Comunidad de Madrid. La concesión estará condicionada al Presupuesto de la Comunidad de Madrid.
- Régimen jurídico: Las ayudas que se concedan tendrán la consideración de subvenciones públicas.
- Beneficiarios de las subvenciones: Las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos en el periodo subvencionable. Las personas físicas que se comprometan a darse de alta en el periodo subvencionable que contraten a un trabajador desempleado en el citado periodo subvencionable.
- Requisitos: Los beneficiarios deben estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, y realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- ¿Que se puede subvencionar y que importe?: Serán subvencionables las altas como trabajadores autónomos, el importe de la subvención será de 2.500€. En el caso de mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años, o llevar más de 12 meses anteriores desempleados la subvención será de 2.800€. En el supuesto de que sea mujer y sea víctima de la violencia de género este importe se incrementará en un 10% más. En todos los casos se deben cumplir las siguientes condiciones:
- – el trabajador deberá estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las oficinas de la Comunidad de Madrid, al menos 1 mes anterior a la fecha de publicación de dicha subvención.
- – El demandante de la subvención, no puede haber realizado la misma actividad en los 6 mese anteriores a la fecha de alta como trabajador autónomo.
- – Cuando se conceda la subvención el solicitante deberá presentar gastos relacionados con el alta en autónomos por un importe mínimo de 3.125€.
También será subvencionable las contrataciones que realicen los autónomos en el periodo de la subvención, en este caso los importes de la ayuda serán de la siguiente forma:
- – Si es un desempleado y se hace contrato indefinido o se hace una conversión la ayuda será de 4.000€.
- – Si pertenece a los colectivos de mujer, o desempleado mayor de 45 años o parado de larga duración, el importe será de 5.000€.
- – Si es mujer victima de la violencia de género, el importe será de 5.500€.
- – Si es desempleado y el contrato es de duración determinada el importe será de 2.500€
- – etc…
- – El máximo a subvencionar será un máximo de 3 contratos por solicitante.
Si quieres solicitar la ayuda, puedes entrar directamente en este enlace o bien contacta con asesoriaenmadrid y lo hacemos por ti.

