Deduccion gastos educativos

Asesoría en Madrid Ana Yañez

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Deducción por gastos educativos.  La Comunidad de Madrid establece deducciones por gastos educativos. Las cantidades a deducir son:

Por gastos de escolaridad 15%, por adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar ( se puede incluir ropa deportiva exclusiva del colegio) el 5% y por último la enseñanza de idiomas el 10%. El límite será de 900€ por cada descendiente.

  1. ¿Que son gastos de escolaridad para poder ser deducibles en la declaración de la renta en la Comunidad de Madrid?.
    • Todo alumno tiene derecho a una enseñanza gratuita durante los ciclos obligatorios de Primaria y Secundaria. Los alumnos de centros públicos y privados concertados no tienen derecho a esta deducción, pues la enseñanza en estos centros es GRATUITA.
    • Por el contrario en los centros Privados no concertados la enseñanza no es gratuita, por lo que si se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando se cumpla con el requisito de que la renta anual de los miembros no supere el importe de multiplicar 30.000 por cada miembro de la familia, por ejemplo una familia formada por dos hijos y dos adultos, se podrán deducir los gastos de escolaridad si no superan los ingresos de 120.000€.
    • No son gastos deducibles por este concepto los gastos de comedor, los gastos de transporte, gastos de inscripción de alumnos, gastos de control médico y seguros. La deducción gastos educativos en escolaridad es del 15% del total gastado por alumno.
  2. ¿Que gastos de vestuario son deducibles en la Comunidad de Madrid por gastos educativos?.
    • Se considerarán gastos deducibles por vestuario, aquel vestuario que sea de uso exclusivo escolar.
    • Sólo se aplicará deducción de las prendas calzado, vestuario y ropa deportiva que el centro exigía, y sólo será deducible durante la enseñanza obligatoria de Educación Primaria y Secundaria. La deducción gastos educativos en vestuario es del 5% del total gastado.
  3. ¿Que gastos de enseñanza de idiomas dan derechos a aplicar la deducción por gastos educativos de Comunidad de Madrid?.
    • Se pueden aplicar los gastos que son de enseñanza de idiomas, cuando se imparta como actividad extraescolar.
    • Esta enseñanza de idiomas se debe impartir en un centro oficial de enseñanza de idiomas o escuelas oficiales de idiomas.
    • El idioma debe ser distinto al español y el alumno debe estar cursando algún estudio oficial.
    • No es necesario que este cursando exclusivamente primaria o secundaria como en los casos anteriores de deducción de vestuario y de enseñanza. La deducción gastos educativos en enseñanza de idiomas será del 10% para este tipo de gastos.

La suma de todos los gastos deducibles por gastos educativos (escolaridad, vestuario, idiomas) tiene un límite de 900€ por hijo descendiente que tenga derecho a deducción por mínimo familiar.

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